Cambio de Dirección

¿Qué sucede si me mudo (cambio de dirección) mientras mi solicitud de inmigración está pendiente?


Si tiene una solicitud pendiente con USCIS (Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos) y se mudó recientemente, puede hacer un cambio de dirección a través de su cuenta en línea con USCIS o enviando el formulario AR-11 en línea. El formulario AR-11 se encuentra en la página web de USCIS.gov. Si envía el formulario AR-11, deberá especificar qué aplicaciones están pendientes con USCIS.


Si ha presentado una solicitud al USCIS sobre la base de ser víctima de violencia doméstica, tráfico u otros delitos, deberá enviar por correo su formulario AR-11. Para obtener información e instrucciones importantes, visite la página web USCIS.gov y busque “Cómo cambiar su dirección” en el motor de búsqueda.


Tenga en cuenta que hay ocasiones en las que es posible que deba hacer algo más que enviar el formulario AR-11. En el caso de que tenga un caso judicial pendiente, no solo deberá cambiar su dirección con USCIS, sino también con USPS (Servicio Postal de los Estados Unidos) y EOIR (Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración). Para hacer esto, deberá presentar el Formulario EOIR-33; para obtener más información e instrucciones especiales sobre cómo hacerlo, deberá visitar la página web justice.gov y escribir en el motor de búsqueda, “Form EOIR-33”.


Se recomienda informar al USCIS de su cambio de dirección lo antes posible para que no pierda información importante que intentarán comunicarle. Es necesario que informe al EOIR que ha cambiado de dirección dentro de cinco días hábiles de haberse mudado, si tiene un caso judicial pendiente.


Para poder ver la página de USCIS en español puede hacer clic en la opción que dice “español” en la esquina superior derecha.



Para poder ver la página justice.gov en español puede ir a la parte de abajo de la página y hacer clic donde dice “en ESPAÑOL”

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